Navegar por los entresijos de la tutela, ya sea para un ser querido o para un esfuerzo profesional, puede ser una tarea difícil. Reconociendo esta lucha, este artículo pretende arrojar luz sobre los diferentes tipos de tutela que existen en Florida y en qué se diferencian cuando se trata de la administración de propiedades.
Para empezar, la tutela en Florida se rige por el Capítulo 744 de los Estatutos de Florida. La ley considera la tutela como un medio para garantizar el bienestar de aquellos que no pueden gestionar sus propios asuntos, ya sean incapacitados física o mentalmente o menores con bienes heredados que gestionar. El estado asigna a una persona o entidad cualificada la responsabilidad de tomar decisiones (personales, financieras, etc.) en nombre de la persona bajo tutela, comúnmente denominada «tutelado».
Los tipos de tutela en Florida pueden clasificarse a grandes rasgos en dos: tutela de la persona y tutela de los bienes. Sin embargo, las dimensiones se amplían si tenemos en cuenta la duración y el grado de responsabilidad que conllevan.
1-Tutela voluntaria
La tutela voluntaria permite a un adulto competente designar a otra persona para que gestione sus asuntos. Normalmente, esto ocurre cuando una persona prevé una incapacidad pendiente o simplemente reconoce su incapacidad para gestionar eficazmente sus bienes. La diferencia clave aquí es que la persona que solicita la tutela posee la capacidad de comprender la decisión que está tomando.
2-Tutela de reserva
Esta forma de tutela se activa cuando un tutor nombrado por el tribunal o por el propio tutelado se ve incapacitado para ejercer. El tutor suplente asume todas las responsabilidades originalmente conferidas al tutor inicial una vez que se produce un acontecimiento desencadenante. Proporciona una transición fluida que garantiza que las necesidades del tutelado y la gestión de la propiedad continúen sin interrupción.
3-Tutela Temporal de Emergencia
Un tutor temporal de urgencia (ETG) es nombrado por el tribunal en situaciones en las que la persona bajo tutela se encuentra en peligro inmediato y la demora en el nombramiento podría causar daños. Este tipo de tutela sólo es válida durante 90 días y suele ser el antecedente de una tutela plenaria.
4-Tutela plenaria
La tutela plenaria es la forma más completa de tutela. El tribunal nombra a un tutor plenario cuando el tutelado es totalmente incapaz de cuidar de sí mismo y de sus bienes. Este tutor tiene plena autoridad sobre la persona y los bienes del tutelado. El proceso para obtener esta tutela es largo y requiere pruebas sustanciales que demuestren que otras formas menores de tutela no satisfacen suficientemente las necesidades del tutelado.
5-Tutela limitada
Por el contrario, la tutela limitada se inicia cuando el tribunal considera que el tutelado es capaz de gestionar algunos de sus asuntos, pero no todos. La tutela se «limita» a aspectos específicos de la vida y/o bienes del tutelado.
Al profundizar en la distinción entre tutela de la persona y tutela de los bienes, es vital comprender que se centran en responsabilidades muy diferentes.
En el caso de la tutela de la persona, el tutor es responsable de supervisar los asuntos personales del tutelado, como las decisiones de atención sanitaria, la residencia y, en el caso de los menores, la educación. Se da prioridad a esta forma de tutela cuando las personas no pueden tomar o comunicar decisiones responsables relativas a su salud y seguridad.
Por otro lado, la tutela de los bienes implica la gestión de los activos, las finanzas y el patrimonio general del tutelado. Esto incluye garantizar que los bienes del tutelado se utilicen en su mejor interés y mantener registros meticulosos de todas las transacciones financieras.
La comprensión de estos matices ayuda a guiar las decisiones apropiadas cuando se busca la tutela o se actúa como tutor en Florida.
Además de proporcionarle una comprensión clara de las diversas formas de tutela dentro de Florida, también es nuestra responsabilidad mantenerlo actualizado sobre los nuevos desarrollos. Nos complace informarle acerca de una actualización significativa en la ley de tutela – Florida promulgó recientemente la Ley Uniforme de Tutela, Curatela y Otros Acuerdos de Protección. Esta ley permite el nombramiento de «tutela de apoyo», que puede adaptarse para atender las necesidades específicas de la persona bajo tutela, ayudando aún más a preservar su autonomía. La ley promueve alternativas menos restrictivas, haciendo hincapié también en los derechos del pupilo y en la responsabilidad del tutor de actuar en su mejor interés.
En conclusión, la tutela es una gran responsabilidad que requiere una sólida comprensión del terreno jurídico.