Por Jessica Serrano (abogada) y Arleen Muina (asistente jurídica)
Principalmente, el fallecimiento de un prestatario no extingue la deuda contraída sobre un bien inmueble. Si usted es el único prestatario en virtud del préstamo, a su fallecimiento, el titular de la hipoteca (el «Banco») tiene derecho a ejecutar dicha deuda y presentar una reclamación en su patrimonio, e incluso iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria para recuperar todo el dinero adeudado.
Para evitar la ejecución hipotecaria, el heredero o herederos supervivientes deben seguir unos procedimientos específicos para continuar realizando los pagos de la hipoteca según los términos del préstamo.
Abrir un juicio sucesorio
El heredero superviviente debe presentar ante el Tribunal Sucesorio del estado en el que falleció el difunto o en el que se encontraba la propiedad, una Petición de Administración Formal. En dicha Petición de Administración, el heredero solicita al Tribunal que le nombre Representante Personal del Patrimonio del Fallecido. Este procedimiento permite al Representante Personal administrar todos los bienes del Patrimonio. Según el Estatuto de Florida 733.302, cualquier persona mayor de 18 años que sea residente de Florida en el momento del fallecimiento del difunto, está capacitada para actuar como representante personal[i] Una vez que el Tribunal emite las «Cartas de Administración» nombrando al representante personal, éste tiene la autoridad hereditaria para tratar y administrar todos los bienes del difunto, incluida la hipoteca sobre la propiedad.
Solicitar la asunción de la hipoteca
Ahora que se ha nombrado un representante personal, éste puede solicitar una asunción[ii] de hipoteca con el Banco y asumir el préstamo del prestatario fallecido.
Es importante tener en cuenta que es necesario reunir los requisitos para una asunción de hipoteca. Para ello, deberá facilitar al Banco información financiera como dos extractos bancarios, las declaraciones de la renta de los dos últimos años, los formularios W2 de los dos últimos años y sus dos últimos recibos de sueldo, entre otros documentos. Si está jubilado, puede mostrar sus prestaciones de jubilación o de la seguridad social. Si tiene ingresos por alquiler, también puede utilizar esos ingresos como factor de calificación para la asunción de una hipoteca.
Una vez aprobado para la asunción de una hipoteca, el préstamo hipotecario pasa a ser del representante personal de la Sucesión. Las cuotas hipotecarias serán las mismas que las de los prestatarios anteriores.
Solicitar una modificación del préstamo
Una modificación del préstamo [iii] es una opción viable para el representante personal si las cuotas hipotecarias en virtud de la asunción de la hipoteca no son asequibles. Una modificación de préstamo se solicita directamente al Banco, lo que se conoce como «asistencia de mitigación de pérdidas». Usted necesita para completar una solicitud de mitigación de pérdidas y proporcionar al Banco con dos extractos bancarios, declaraciones de impuestos de dos años, W2s de dos años, los ingresos de alquiler, carta de contribución, sus dos últimos talones de pago, carta de dificultades económicas, y otros documentos requeridos., y presentar al Banco para su revisión. El Banco dispone de 30 días para revisar su solicitud y aprobarla o denegarla. Si se aprueba, el pago de la hipoteca debe ser significativamente menor.
Consulte a un abogado especializado en ejecuciones hipotecarias, mitigación de pérdidas y sucesiones de Florida
Si se enfrenta a alguna de estas situaciones, debe contratar al equipo de abogados adecuado para que le represente. Especialmente, aquellos abogados que tengan experiencia negociando la asunción de hipotecas, modificaciones de préstamos, defendiendo ante el procedimientos de Ejecución Hipotecaria y presentando las peticiones necesarias ante el Tribunal Sucesorio para proteger su herencia. Comprender sus opciones es un componente vital para tomar la decisión adecuada en el momento oportuno. Consultar con un abogado cualificado en ejecuciones hipotecarias y sucesiones de nuestro bufete de abogados puede ofrecerle valiosas ideas y orientación adaptadas a sus circunstancias específicas. Póngase en contacto con uno de los miembros de nuestro equipo hoy mismo.
NOTAS
[i] 733.303 Personas no calificadas. –
- (1) Una persona no está calificada para actuar como representante personal si la persona:
- (a) Ha sido condenado por un delito grave.
- (b) Ha sido condenado en cualquier estado o jurisdicción extranjera de abuso, negligencia o explotación de una persona mayor o un adulto discapacitado, como esos términos se definen en s. 825.101.
- (c) Es mental o físicamente incapaz de desempeñar sus funciones.
- (d) Sea menor de 18 años.
- (2) Si la persona nombrada como representante personal en el testamento no está calificada, se otorgarán cartas según lo dispuesto en s. 733.301
[ii] Una asunción de hipoteca es un tipo de financiación para la que debe reunir los requisitos para que se apruebe. Esto es cuando usted se hace cargo de la deuda del prestatario original y ahora se convierte en el nuevo prestatario bajo el préstamo.
[iii] Una modificación del préstamo hipotecario es un cambio en las condiciones de su préstamo. La modificación se considera un tipo de ayuda de mitigación de pérdidas. En una modificación, usted puede reducir su tasa de interés, extender la vida de los términos del préstamo, e incluso recibir un aplazamiento sin intereses.